Los cursos de formación específica son obligatorios desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial INT/318/2011, de 1 de febrero sobre personal de seguridad privada y por la Resolución de 12 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se determinan los programas de formación del personal de seguridad privada.
DESTINATARIOS
Personal de seguridad privada (Vigilantes de Seguridad/Guardas Rurales) con TIP en vigor que presten o pretendan prestar servicios de respuesta ante alarmas o que deseen ampliar sus competencias profesionales mediante esta formación específica.
DURACIÓN Y MODALIDAD DE IMPARTICION
10 horas en modalidad presencial
DOCENTES
Técnicos acreditados por el Ministerio del Interior para la especialidad requerida
ACREDITACIÓN
Este curso de formación específica se acreditará mediante el correspondiente diploma oficial e inscripción en la cartilla profesional del alumno.